Cómo se calcula una factura con IVA e IRPF
Una factura de autónomo se construye siempre igual: total = base imponible + IVA − retención de IRPF. El IVA y la retención se calculan los dos sobre la base, nunca sobre el total.
- Base imponible: lo que cobras por tu trabajo, sin impuestos.
- IVA: se suma. Lo cobras, pero no es tuyo: lo ingresas a Hacienda cada trimestre.
- Retención de IRPF: se resta. Te la descuenta tu cliente y la ingresa él a cuenta de tu renta.
Ejemplo
Un diseñador factura 1.000 € a una empresa, con IVA del 21 % y retención del 15 %: 1.000 + 210 − 150 = 1.060 €. Si en vez de a una empresa le factura a un particular, no hay retención: 1.210 €.
Qué tipo de IVA y de retención te toca
- IVA 21 %: el general; la mayoría de servicios y productos.
- IVA 10 %: hostelería, transporte de viajeros y, con condiciones, reformas de vivienda de particulares.
- IVA 4 %: productos de primera necesidad, libros, medicamentos de uso humano.
- IRPF 15 %: profesionales que facturan a empresas o autónomos. 7 % el año en que empiezas y los dos siguientes.
Fuentes: Ley 37/1992 del IVA (art. 90 y 91), Ley 35/2006 del IRPF (art. 101) y Reglamento del IRPF (art. 95). Para casos especiales, consulta a tu gestoría o la sede de la Agencia Tributaria.